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lunes, 24 de noviembre de 2014
Contrata el seguro obligatorio - SOA aqui
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miércoles, 16 de marzo de 2011
Promociones para 0 km
Porto lanza una promoción para no perderse
querés saber de qué se trata?
Entre el 15 de marzo y el 31 de mayo de este año, Porto lanza una nueva promoción exclusiva para los vehículos 0 km. que ingresen a la Compañía como seguros nuevos.
Se trata de un descuento adicional que se suma al que habitualmente otorgamos a esa categoría (nuevos).
Además de esto:
• Tendrán a su disposición durante la primera vigencia, hasta 10 auxilios mecánicos adicionales, que podrán ser utilizados en todo el territorio nacional y los países del MERCOSUR (manteniendo el servicio sin limitación en el kilometraje)
• En caso de hurto o pérdida total, se indemnizara con una unidad 0 km. de la misma marca y modelo, durante los tres primeros años de vigencia del contrato, siempre que exista disponibilidad del vehículo en el mercado local uruguayo.
Podrán acceder a la promoción todos los vehículos que cumplan las siguientes condiciones:
Categorías: Autos, Camionetas Rurales, Doble Cabina y Pick Ups
Destinos: Particular, Trabajo, Particular y Trabajo
Zona de circulación: Todo el país
Tipo de contrato: Seguros nuevos
Coberturas: 1, 2, 3, 4 y 5
Marcas: Todas
Esperamos sea una herramienta de utilidad
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martes, 1 de septiembre de 2009
Incendio y Responsabilidad civil de RSA
RSA lanza un nuevo producto al mercado:
COBERTURA COMPLETA DE INCENDIO Y RESPONSABILIDAD CIVIL
Este seguro cubre:
- Incendio (con un deducible de $ 6.000)
- Responsabilidad civil por daños físicos y materiales hasta la suma de USD 300.000
- El SOA ( Seguro Obligatorio de Automotores )
- 2 asistencias de mecánica ligera anuales
- Incluye el amparo de acoplado o trailer hasta 500 kg, mientras esté unido al vehiculo asegurado
Como promoción puedes acceder a un celular LG Kp 215 con cámara y Mp3
Costo del seguro $ 4.943.- IVA incluido
Forma de pago: Hasta 3 cuotas Abitab o Red Pagos (de 4 a 12 cuotas debito de tarjeta)
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lunes, 13 de julio de 2009
Seguro obligatorio entrará en vigencia a partir del 19 de agosto
Este seguro es obligatorio para aquellos vehículos automotores y remolcados (semirremolques, acoplados, trailler, etc.) sin importar los kilogramos del mismo y si está cubierto o no por RC del vehículo que lo remolca. Las motos también deben contratar el seguro (a excepción de las motos de menos de 70 cc que hayan sido empadronadas con anterioridad al 19/08/09).
Los vehículos matriculados en países extranjeros o ingresados en régimen de admisión temporaria estarán igualmente sujetos a las disposiciones de esta Ley.
Los únicos vehículos que están exonerados de este seguro son:
- Automotores utilizados exclusivamente en el interior de establecimientos industriales, comerciales, agropecuario, de playas ferroviarias o de cualquier otro lugar al que no tenga acceso el público, o sea, que no circulen en la vía pública.
- Los vehículos que se encuentren en depósito judicial
El principio fundamental de este seguro es proteger a todos los ciudadanos ante lesiones personales y muertes que puedan sufrir por accidentes de tránsito en la vía pública, independientemente de la responsabilidad del accidente. Por esto es que este es un seguro de carácter social.
Para esto se han implementado sistemas de fácil contratación, como también mecanismos ágiles para que los asegurados actuales del BSE puedan acceder al certificado y adhesivo requerido por la Ley.
Se han ajustado los procesos para atender a los damnificados con la celeridad y eficiencia que la Ley exige pero fundamentalmente la que los ciudadanos merecen.
Cobertura:
El SOA cubre lesiones personales o muerte causadas a terceras personas en un accidente aún en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor independientemente de la responsabilidad civil del conductor.
Límites del seguro: cuenta con una cobertura máxima en el primer año de 150.000 UI por vehículo asegurado y por accidente, el segundo año este capital aumentará a 200.000 UI y en el tercer año a 250.000 UI.
Estos capitales son los máximos por evento y solo en caso de fallecimiento, si fueran solo lesiones, se aplicará un porcentaje de capital según el tipo de lesión.
Daños excluidos:
Los daños que están excluidos son los que sufra el vehículo propio o de terceras personas, además de otras exclusiones relacionadas con la figura del tercero.
No se cubren daños morales o daños no causados directamente por el vehículo asegurado.
Recuerden que hay otros planes más amplios que amparan límites mayores de Responsabilidad Civil así como los daños al vehículo propio y de terceras personas para tener una cobertura más completa a la obligatoria.
Contratación:
A través de un corredor asesor usted podrá solicitar el SOA en forma inmediata, con solo dar los datos del vehículo y del asegurado. En las siguientes 48 horas el interesado podrá retirar por cualquier local de Abitab o Red Pagos con el formulario impreso pro el corredor asesor abonando el seguro en forma contado o la primera cuota (esto depende de la compañía aseguradora con la que se contrate el seguro) y retirar el certificado de cobertura y un adhesivo para el vehículo.
Los asegurados que ya tienen cobertura en todas las otras modalidades ya pueden retirar el certificado de cobertura del SOA en los locales Abitab y Red pagos presentando libreta de propiedad del vehículo y documento de identidad, indicando el número de carpeta o póliza vigente a la fecha. Este trámite no tiene costo.
La cobertura comenzará a las 24 horas de realizado dicho pago.
Todos los asegurados que tengan contratada cobertura de seguros vehiculares, deberán retirar el certificado de cobertura y el adhesivo correspondiente, para lo cual se deberá controlar que el adhesivo posea la correcta matrícula del vehículo asegurado.
Los adhesivos deberán ser colocados en el ángulo superior derecho del parabrisas. En el caso de las motos y otros vehículos sin parabrisas, el adhesivo deberá colocarse en la parte delantera en algún lugar visible.
Para contratar este seguro no se requerirá inspección, igualmente el vehículo deberá poseer los elementos indicados en el artículo 29 de la ley de tránsito número 18.191 y sus normas reglamentarias. Será de responsabilidad del asegurado su cumplimiento.
En caso de las flotas de vehículos mayores de 20 unidades, los adhesivos serán distribuidos por nosotros mismos.
La vigencia de este seguro será a partir del 19/08/09 por el período de un año.
Este seguro se pude pagar en cuotas o contado, de acurdo a cada compañía aseguradora
Cómo proceder en caso de siniestro:
En caso de siniestro con lesionados o personas fallecidas, el asegurado deberá dar inmediata intervención a la ambulancia, Policía y además dar aviso a la aseguradora
Brindará información de personas y hechos relacionados con el
accidente, así como también los datos de las personas testigos en el lugar del hecho.
Las víctimas de lesiones o los familiares de los fallecidos se deberán presentar ante la compañía aseguradora acreditando los daños.
Si el vehículo causante no tuviera el seguro obligatorio vigente, el reclamante deberá concurrir a un Centro de Distribución de reclamos que funcionará en el ámbito de la Superintendencia de Seguros y Reaseguro, quien le asignará una compañía de seguros que deberá hacerse cargo del reclamo. Siempre se indemnizará la lesión o fallecimiento, siempre.
Recordamos a ustedes que también trabajamos con otros productos y con las principales compañías aseguradoras en nuestro país
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viernes, 20 de febrero de 2009
Los conductores - Ley de Transito
Artículo 24.- Se conducirá con prudencia y atención, con el objeto de evitar eventuales accidentes, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito.
Artículo 25.- El conductor de cualquier vehículo deberá abstenerse de toda conducta que pueda constituir un peligro para la circulación, las personas, o que pueda causar daños a la propiedad pública o privada.
Artículo 26.- De las habilitaciones para conducir.
1) Todo conductor de un vehículo automotor debe ser titular de una licencia habilitante que le será expedida por la autoridad de tránsito competente en cada departamento. Para transitar, el titular de la misma, deberá portarla y presentarla al requerimiento de las autoridades nacionales y departamentales competentes.
2) La licencia habilita exclusivamente para la conducción de los tipos de vehículos correspondientes a la clase o categoría que se especifica en la misma y será expedida por la autoridad competente de acuerdo a las normas de la presente ley.
3) Para obtener la habilitación para conducir, el aspirante deberá aprobar:
A) Un examen médico sobre sus condiciones psicofísicas.
B) Un examen teórico de las normas de tránsito.
C) Un examen práctico de idoneidad para conducir.
Los referidos exámenes y los criterios de evaluación de los mismos serán únicos en todo el país.
4) La licencia de conducir deberá contener como mínimo la identidad del titular, el plazo de validez y la categoría del vehículo que puede conducir.
5) Podrá otorgarse licencia de conducir a aquellas personas con incapacidad física, siempre que:
A) El defecto o deficiencia física no comprometa la seguridad del tránsito o sea compensado técnicamente, asegurando la conducción del vehículo sin riesgo.
B) El vehículo sea debidamente adaptado para el defecto o deficiencia física del interesado.
El documento de habilitación del conductor con incapacidad física indicará la necesidad del uso del elemento corrector del defecto o deficiencia o de la adaptación del vehículo.
6) La licencia de conducir deberá ser renovada periódicamente para comprobar si el interesado aún reúne los requisitos necesarios para conducir un vehículo.
7) Todas las autoridades competentes reconocerán la licencia nacional de conducir expedida en cualquiera de los departamentos y en las condiciones que establece la presente ley, la que tendrá el carácter de única y excluyente, a efectos de evitar su acumulación y que con ello se tornen inocuas las sanciones que se apliquen a los conductores por las diferentes autoridades competentes.
Artículo 27.- De la suspensión de las habilitaciones para conducir.
Las autoridades competentes en materia de tránsito establecerán y aplicarán un régimen único de inhabilitación temporal o definitiva de conductores, teniendo en cuenta la gravedad de las infracciones, el cual se gestionará a través del Registro Nacional Único de Conductores, Vehículos, Infracciones e Infractores.
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LEY DE TRANSITO 18.191
La Ley de Tránsito y Seguridad Vial en Territorio Uruguayo, si bien se aprobó hace ya mucho tiempo, entrará en vigencia completamente en mayo del 2009.
Por eso, para tenerlos al tanto de todo lo referente a esta ley, es que les dejo todo aquí para que lo consulten cuando quieran.
Para que sea más ameno, se los separo en temas y así leer los artículos específicos que estén buscando, demás está decir que lo más recomendable es leer la ley entera...
- Objeto y fines de la ley de Tránsito
- Principios rectores del Tránsito
- Disposiciones generales y reglas de conducción
- Los conductores
- Los vehículos
- Señalización vial
- Accidentes y seguro obligatorio
- Medidas de prevención y control
- Infracciones y Sanciones
- Definiciones
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lunes, 5 de enero de 2009
Se roban 70 vehiculos por día en Uruguay
Parece mentira, somos tan poquitos y aún así se roban 70 vehículos por día en Uruguay
EFICACIA. Por día se hurtan unos 70 vehículos en todo el país (incluyendo camionetas, camiones y motos), según fuentes policiales. El porcentaje de recuperación es del 70%. En la cárcel o en los "aguantaderos", los ladrones de autos intercambian información con contrabandistas para conocer la maraña de caminos vecinales, burlar el control policial y trasladar vehículos hacia la frontera.
En una nota de Eduardo Barreneche en el País de hoy salió publicado una investigación en la cual menciona que un ladrón demora en robarse un fiat uno solamente 30 segundos.
Tanto los Fiat Uno como los Volkswagen Gol son los que lideran las estadísticas de los autos más robados. Estos son utilizados para crear autos mellizos o son desguasados para vender los respuestos en el mercado negro. A este tipo de vehículos los siguen los lujosos y las camionetas cuatro por cuatro, estas últimas son llevadas con otras matrículas hacia Bolivia, Paraguay, Argentina y Brasil. Allí generalmente son cambiadas por cocaína, de manera que muchos ladrones de autos se transforman en narcos.
Según las fuentes, sólo el sistema de localización por GPS es realmente eficaz para ubicar autos robados. Los otros mecanismos, cuando mucho, retardan al ladrón algunos minutos.
Para robar una camioneta cuatro por cuatro, por ejemplo, los ladrones buscan centros asistenciales privados ubicados en Parque Batlle o Pocitos. Es que no es lo mismo llevarse un Fiat Uno que una moderna camioneta BMW; el hurto de esta requiere más tiempo.
Una estrategia que están utilizando los delincuentes ya que están cansados de que los atrapen mediante el GPS, es llevar el auto o la camioneta a una casa abandonada y lo guardan en un garaje durante 15 días. Si la Policía no lo va a buscar en ese período, quiere decir que "está limpio". Recién ahí trasladan el automóvil al exterior.
Los barrios preferidos de los ladrones en Montevideo son Pocitos, Parque Batlle, Malvín y Carrasco. En los dos primeros barrios muchos vehículos suelen "dormir afuera".
Según las fuentes, en el verano los ladrones se trasladan hacia Maldonado y Rocha, aprovechando la enorme afluencia de turistas que arriban a las playas esteñas. Allí los delincuentes tienen otro beneficio al robar vehículos lujosos: la cercanía con Brasil.
¿Cuántos ladrones de autos hay en Montevideo? La respuesta del jefe del Departamento de Automotores es sorprendente: "Hay más ladrones de autos que de casas y rapiñeros. Para realizar un atraco a un comercio, los rapiñeros necesitan un auto robado para la huida, si son más de dos. Si son dos, puede alcanzar una moto, que también es robada", dijo el funcionario.
Si se trata de una banda organizada, los rapiñeros llegan a utilizar hasta tres vehículos para escapar. El primero lo dejan tirado a las pocas cuadras del lugar del asalto, se suben a un segundo y realizan otro trayecto y desaparecen en el tercero. Una situación similar ocurre con el ladrón de casas. Para llevarse los objetos robados no utiliza un taxi, explicó el policía. Usa una camioneta o un auto robado para "levantar una casa", como señalan en su argot.
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