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martes, 1 de septiembre de 2009

Incendio y Responsabilidad civil de RSA

RSA lanza un nuevo producto al mercado:
COBERTURA COMPLETA DE INCENDIO Y RESPONSABILIDAD CIVIL

Este seguro cubre:

  • Incendio (con un deducible de $ 6.000)
  • Responsabilidad civil por daños físicos y materiales hasta la suma de USD 300.000
Es un seguro diseñado para vehículos de uso particular e incluye dentro de la cobertura:
  1. El SOA ( Seguro Obligatorio de Automotores )
  2. 2 asistencias de mecánica ligera anuales
  3. Incluye el amparo de acoplado o trailer hasta 500 kg, mientras esté unido al vehiculo asegurado

    Como promoción puedes acceder a un celular LG Kp 215 con cámara y Mp3

Costo del seguro $ 4.943.- IVA incluido
Forma de pago: Hasta 3 cuotas Abitab o Red Pagos (de 4 a 12 cuotas debito de tarjeta)


Si deseas más información o tienes alguna duda de este tema puedes contactarte con nosotros via email info@asesoresseguros.com o al telefono 099 056720

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miércoles, 22 de julio de 2009

Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales

Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Seguros obligatorios en el uruguay. Monopolios del BSE. Asegurar la responsabilidad civil del patrono. Asegurar a tus empleados. Derechos y obligaciones. Corredores y asesores de seguros.

Si quieres bajarte la versión imprimible haz click en la siguiente imagen

El seguro de accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales del BSE es un seguro de carácter obligatorio para todo patrono que tenga personal dependiente a su cargo, está regido por la ley 16.074 del año 1989.

Este seguro solo se puede contratar a través de nosotros (su corredor de confianza) en el Banco de Seguros del Estado quien tiene el Monopolio de este seguro en Uruguay y además es el responsable de administrar y hacer cumplir la presente ley en todos sus términos.

Una vez presentada la solicitud y aceptada por el BSE el seguro entrará en vigencia a partir de la hora 0 del día siguiente.

Cualquier modificación en la actividad del trabajador, cargo, sueldo, etc. debe ser comunicado en forma escrita y firmada por el asegurado al BSE. Es obligación de éste comunicar las modificaciones inmediatamente de producidas a los efectos de mantener el seguro en óptimas condiciones de cobertura.

El seguro cubre la Responsabilidad Civil del patrón, ante los
Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales que ocurran a
sus obreros empleados a causa del trabajo o en ocasión del mismo.

Los servicios del seguro para el Trabajador son los siguientes:
Asistencia Sanitaria integral ambulatoria y/o internación brindada en la Central de Servicios Médicos (C.S.M) del Banco de Seguros del Estado en Montevideo y la red de Asistencia de FEMI en el Interior del país. El trabajador no deberá abonar por ningún concepto órdenes médicas, tickets de medicamentos y/o análisis clínicos.
Indemnización temporaria: esta cobertura tiene una carencia de tres días. El B.S.E. pagará al trabajador accidentado los jornales perdidos mientras dure la asistencia hasta la alta médica. La misma consiste en el pago a días corridos de los 2/3 del jornal indemnizable a partir del cuarto día de abandono del trabajo.
Indemnización permanente o Renta: Si a causa del accidente quedara una incapacidad permanente parcial mayor o igual al 10% o total, inclusive la muerte, el B.S.E. pagará al trabajador o a sus derecho habientes si corresponde, una renta vitalicia, acorde al porcentaje de incapacidad fijado.

Además, el trabajador accidentado contará con los siguientes beneficios:

• Apoyo psicotécnico para la rehabilitación de los Accidentes del Trabajo.
• Colocación de Prótesis.
• Pasajes y traslados para los trabajadores accidentados.
• Hospedaje para trabajadores del interior asistidos en Montevideo y acompañante.
• Pago del Servicio Fúnebre cuando la muerte sobreviene a causa del Accidente de Trabajo.

El artículo 3 de ley 16.074 estable que:

Art. 3º.- "A los efectos de la presente ley, entiéndase por patrono toda persona de naturaleza pública, privada o mixta, que utilice el trabajo de otra, sea cual fuere su número; y por obrero o empleado a todo aquel que ejecute un trabajo habitual u ocasional remunerado y en régimen de subordinación”.

Además, están comprendidos quienes trabajen en calidad de:
• Aprendices
• Suplentes o empleados a prueba, con o sin remuneración,
• En su propio domicilio por cuenta de terceros
• Cónyuge del dueño (excepto de empresas unipersonales)
• Directores de Sociedades Anónimas
• Socios de Sociedades de Responsabilidad Limitada en caso de figurar con sueldo en la Planilla de Trabajo
• Cooperativas Obreras de Producción – Socios cooperativistas en actividad

¿Qué hacer en caso de un accidente laboral?

• En Montevideo:
1. Si se trata de una urgencia o emergencia trasladar al trabajador inmediatamente a la Central de Servicios Médicos (C.S.M.) del BSE, ubicado en la calle Julio Herrera y Obes 1426 entre Mercedes y Colonia. Si se trata de un accidente que no reviste mayor gravedad el ingreso debe realizarse por la calle Mercedes 1004 esquina Julio Herrera y Obes, para recibir asistencia.
2. Presentar el formulario de Denuncia de Accidente N°1727 firmado por la empresa en un plazo máximo de 72 horas corridas establecido en el Art. 48 de la Ley 16.074.

En el Interior:
1. Trasladar al trabajador a un centro asistencial perteneciente a la FEMI. Para más información consultar las direcciones en la Sucursal del departamento, en la Agencia más cercana, o llamando al (02) 1998 las 24 horas, todos los días del año
2. Presentar el formulario de Denuncia de Accidente N°2149 firmado por la empresa en un plazo máximo de 5 días hábiles establecido en el Art. 48 de la Ley 16.074.

Independientemente del lugar de ocurrencia del accidente, si la gravedad del caso lo amerita el trabajador debe ser trasladado al Centro Asistencial más próximo y luego derivado a los Centros Sanitarios correspondientes: CSM en Montevideo, o la red de FEMI en el Interior.

IMPORTANTE:
El patrón deberá solicitarle al operario accidentado copia del Alta Médica, expedida por el BSE, para poder ser reintegrado al trabajo
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jueves, 23 de abril de 2009

XI Congreso Iberolatinoamericano de Derecho de Seguros

XI Congreso Iberoamericano de Derecho de Seguros. Evaluacion de objetivos y regulacion de seguros y reaseguros. Seguros financieros, de credito y bancarios. Todo lo que quieras saber sobre seguros lo encuentras en asesores de seguros. Corredores y productores de seguros en uruguay. Informacion sobre aseguradoras.El 21 de abril comenzó el XI Congreso Iberolatinoamericano de Derecho de Seguros.

En este congreso se someterá hasta el jueves a un análisis de los objetivos y la regulación, supervisión y control de la actividad bancaria y el fortalecimiento del conocimiento técnico en cuestiones relacionadas con la intermediación en el contrato de seguros, reaseguros.

En dicho congreso también se abordarán temas como los productos financieros, los microseguros, la bancaseguros, el seguro de Crédito a la Exportación, etc.

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miércoles, 4 de marzo de 2009

Suben precios de seguros

Se esperan alzas en los precios de los seguro. Mas cargas tributarias para los seguros que deberan pagar los asegurados. Precios altos. Nuevos impuestos. Seguros caros y seguros obligatorios. Corredores de seguros. Agentes y asesores de seguros. Toda la informacion para tiTodo sube y los seguros también.

La Asociación Uruguaya de Empresas Aseguradoras (AUDEA) ha alertado sobre un posible aumento del precio de los seguros en los próximos meses debido a que por la reforma de la Caja Bancaria se crea un impuesto que grava las primas de seguros en un 1,4% que suma a la carga del 5% que ya tienen, informa El Espectador.

También se indica que los aportes patronales aumentaron un 64% en enero, según Mauricio Castellanos, gerente general de AUDEA: “Implica un aumento de aportes de 64% y una tasa efectiva de exportación de 50% que evidentemente no resiste ningún análisis. Es absolutamente Se esperan alzas en los precios de los seguro. Mas cargas tributarias para los seguros que deberan pagar los asegurados. Precios altos. Nuevos impuestos. Seguros caros y seguros obligatorios. Corredores de seguros. Agentes y asesores de seguros. Toda la informacion para tidesmedido y excede las posibilidades de cualquier sector de actividad. Tenemos que pagar un 64% más, lo cual además es injusto porque el sector fue incorporado a la Caja Bancaria en el año 94, con lo cual el número de jubilados es insignificante, de hecho no es el sector el que ha generado el sistema financiero de la Caja Bancaria y nos parece que el recargo que se le ha impuesto es excesivo”.

Por otro lado, Castellanos llama la atención sobre otros impuestos, como el nuevo a las primas del Seguro Obligatorio de Automotores, que entraría en vigor el próximo mes de mayo.

El directivo explica que “realmente nos parece lamentable. Entendemos sí la preocupación que pueda tener el Gobierno sin hacer esa actividad, pero de ninguna manera le corresponde al sector asegurador o a los asegurados cubrir eso, porque además el sector asegurador hoy tiene el 50% aproximadamente de los vehículos asegurados. Quiere decir que la mitad del parque automotor sería en definitiva el que va a financiar esa prestación y la otra mitad no, y que sería también por ese lado bastante injusto recargar sobre las personas que sí tienen el seguro que sí cumplen después con la obligatoriedad de comprar la cobertura de seguro obligatorio”.
Se esperan alzas en los precios de los seguro. Mas cargas tributarias para los seguros que deberan pagar los asegurados. Precios altos. Nuevos impuestos. Seguros caros y seguros obligatorios. Corredores de seguros. Agentes y asesores de seguros. Toda la informacion para ti
Por su parte, el diputado oficialista Eduardo Brenta matiza sobre esas cuestiones que “en función de estos ingresos mayores de las empresas y con este tributo se va a lograr en un futuro relativamente cercano ir aproximando a un equilibrio de la Caja Bancaria y por tanto evitar que la sociedad deba hacer un aporte. Este aumento de los ingresos puede verse reflejado en un incremento de los costos de las pólizas. Esto es un elemento que estamos dispuestos a analizar, fundamentalmente para analizar la posibilidad de valuar un impuesto anterior que existía desde hace muchos años, un impuesto de similares características y que probablemente se sume a este nuevo impuesto creado de Caja Bancaria y que podría eventualmente analizarse su viabilidad en la actualidad”.

Si deseas más información o tienes alguna duda de este tema puedes contactarte con nosotros via email info@asesoresseguros.com o al telefono 099 056720.

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